Tipo de actividad

Licencia de actividad para abrir un restaurante

Tramitamos la licencia de actividad para abrir un restaurante en Cataluña. Cubrimos el proyecto técnico, la salida de humos, la prevención de incendios, la accesibilidad y la documentación sanitaria necesaria.

Qué licencia necesita esta actividad

Un restaurante normalmente requiere licencia de actividad con proyecto técnico completo, dada la complejidad de cocina, instalaciones de gas y electricidad, ventilación forzada y aforo. Además, suele ser necesaria inscripción en el Registro Sanitario.

Requisitos habituales

  • Compatibilidad urbanística del local
  • Salida de humos hasta cubierta con dimensionado correcto
  • Ventilación de cocina y de zona pública
  • Justificación de aforo y recorridos de evacuación
  • Aseos accesibles para clientes y personal
  • Instalación de gas certificada si procede
  • Medidas contra incendios dimensionadas según CTE
  • Inscripción en el Registro Sanitario de Empresas Alimentarias

Puntos críticos del local

Humos y ventilación

Es el punto que más proyectos complica. Hacen falta cálculos y dimensionado correctos.

Incendios

Restaurantes con gas y alta carga de fuego requieren medidas específicas.

Evacuación

Recorridos de evacuación, anchuras y salidas hay que justificarlos según aforo.

Trámite habitual

Visitamos el local, redactamos proyecto técnico completo (memoria, planos, cálculos), gestionamos los certificados de instalación, tramitamos la inscripción sanitaria si hace falta y presentamos todo ante el ayuntamiento.

Problemas frecuentes

Los casos más difíciles son locales antiguos o sin salida de humos viable. Antes de invertir en una reforma costosa hay que verificar que el proyecto es técnicamente factible y presupuestable.

Problemas habituales de esta actividad

  • Salida de humos / campanas: el restaurante es la actividad donde el sistema de extracción es más exigente. Caudal, recorrido, filtros, distancias al RITE y a aberturas vecinas. Punto crítico.
  • Cocina e instalación de gas: proyecto de instalación de gas, ventilación de la cocina, detección de fugas. Si hay gas propano, medidas adicionales.
  • Incendios: sectorización según CTE-DB-SI, carga de fuego de cocina, sistemas de detección y extinción automática de campanas en cocinas grandes.
  • Insonorización: salas, terraza y cocina. Especialmente crítico si hay música ambiental o actuaciones.
  • Aforo: salas + terraza, con salidas de evacuación proporcionales. Aseos según aforo (CTE-DB-SUA).
  • Terrazas: autorización municipal independiente con ordenanza propia por municipio y distrito.
  • Manipulación de alimentos: Registro Sanitario (RSIPAC) + plan de autocontrol APPCC + carnet de manipulador para el personal.

Qué revisará el ayuntamiento

Para un restaurante, el ayuntamiento revisa el proyecto con el máximo rigor: salida de humos y extracción (dimensionado completo); instalación de gas y su ventilación; sectorización y medidas contra incendios (CTE-DB-SI, posible intervención de bomberos); justificación de aforo de salas y terraza con evacuación proporcional; accesibilidad (entrada, aseos adaptados, recorrido interior); aislamiento acústico; y el cumplimiento sanitario (inscripción en el RSIPAC, APPCC, separación de zonas sucias/limpias). Si hay terraza, se tramita aparte.

Cuánto cuesta abrir este negocio

Un restaurante es la actividad con proceso más caro del sector. Honorarios técnicos: entre 2.500 y 8.000 € (proyecto de actividad + proyecto de instalación de gas + certificados finales). Tasas municipales: 300-2.000 €. Obras de adecuación: la partida dominante — cocina industrial y campanas (10.000-40.000 €), salida de humos (4.000-15.000 €), sectorización e incendios (3.000-12.000 €), insonorización (3.000-10.000 €), aseos accesibles (2.000-6.000 €). Un restaurante completo en local apto puede estar entre 30.000 y 60.000 €; si el local necesita reforma estructural, puede superar los 100.000 €.

Tu proyecto de restaurante debe resolver: salida de humos, campanas, extracción, cocina, instalación de gas, incendios (CTE-DB-SI, bomberos), insonorización (CTE-DB-HR), aforo, terrazas, accesibilidad (CTE-DB-SUA), Registro Sanitario (RSIPAC), APPCC y, según la actividad, clasificación ambiental (Ley 20/2009).

Qué revisar antes de firmar el alquiler del local

Antes de comprometerte con un local concreto, conviene verificar varios puntos que pueden hacer inviable o muy caro el proyecto. Esta revisión prèvia es la diferencia entre un proyecto que funciona y uno que se atasca durante meses.

  • Compatibilidad urbanística: el uso permitido en el local debe admitir tu actividad. Es lo primero que verifica el ayuntamiento.
  • Estado de las instalaciones: instalación eléctrica, fontanería, gas (si aplica) deben estar en condiciones o se podrán adecuar.
  • Accesibilidad: entrada, pasos, baños y rampas deben cumplir normativa o ser adaptables.
  • Salida de humos: si tu actividad la requiere, debe poder llegar hasta cubierta cumpliendo las distancias normativas.
  • Aislamiento acústico: especialmente en locales bajo viviendas. Las quejas vecinales son la causa más habitual de inspección.
  • Licencia anterior: si el local ya tenía una actividad, comprobar si la licencia es vigente y si cubre tu nueva actividad.

Cómo trabajamos tu caso

Después de recibir tu consulta, un técnico revisa la actividad concreta, el local y el municipio. En 24-48 horas laborables te respondemos con una orientación realista: qué trámite aplica, qué riesgos vemos en el local, qué documentación habría que preparar y un orden de magnitud del coste y los plazos. Esa primera orientación es gratuita y sin compromiso. Si quieres avanzar, te pasamos un presupuesto detallado con todas las partidas. Si decides hacerlo tú o con otra empresa, no pasa nada — la consulta no compromete a nada.

¿Quieres abrir esta actividad?

Revisamos tu caso sin compromiso y te respondemos.

La revisión inicial permite orientar mejor el trámite. La solicitud se analiza según municipio y actividad y la derivamos al profesional colaborador más adecuado.

  • Revisión inicial del caso, sin compromiso
  • Orientación según tu actividad y tu municipio
  • Respuesta en 24-48h laborables
  • Tu solicitud se deriva a un profesional especializado
  • Cobertura en toda Cataluña

Algunos detalles que nos ayudan a orientar tu caso

Cuanta más información indiques, más precisa podrá ser la valoración. No compartiremos tus datos salvo para gestionar tu solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta proyecto técnico para abrir un restaurante?
Sí, en la mayoría de casos. Un restaurante tiene cocina con potencia eléctrica y de gas, salida de humos, ventilación, aforo a justificar y requisitos de incendios que requieren proyecto firmado por técnico competente.
¿Qué permisos necesito aparte de la licencia?
Puede ser necesario inscripción en el Registro Sanitario de Empresas Alimentarias, autorización de terraza si la hay, y en algunos ayuntamientos comunicación específica para establecimientos de restauración.
¿Qué diferencia hay entre restaurante y bar a efectos de licencia?
Un restaurante tiene actividad principal de cocina y servicio de comidas, con requisitos sanitarios más exigentes. Un bar puede ser más simple si no hay cocina, pero el aforo y el tipo de actividad marcarán siempre el procedimiento.
¿Cuánto tarda el trámite?
Depende del municipio y la complejidad. Entre la redacción del proyecto y la resolución municipal, suele oscilar entre 1 y 4 meses.

Cómo funciona el servicio

llicenciaactivitat.cat es una plataforma especializada en licencias de actividad en Cataluña. No tramitamos directamente: analizamos tu solicitud, identificamos qué trámite encaja con tu actividad y tu local, y la derivamos a un profesional colaborador (ingeniería o despacho técnico especializado) que se pone en contacto contigo para llevar la tramitación. Toda la comunicación se inicia a través del formulario — no usamos teléfono ni mensajería instantánea como canal comercial.

Qué pasa cuando envías el formulario

  1. 1

    Recibimos tu solicitud

    A través del formulario nos llega tu caso: actividad, municipio, estado del local, urgencia y descripción.

  2. 2

    Analizamos el caso

    Identificamos qué trámite probable aplica (comunicación previa, declaración responsable, licencia, ambiental) y qué requisitos técnicos serán relevantes.

  3. 3

    Clasificamos según municipio y actividad

    Cada caso se asigna según la zona y el tipo de negocio, para derivarlo al colaborador más adecuado.

  4. 4

    Derivamos a un profesional especializado

    Un técnico colaborador (ingeniería o despacho) recibe tu solicitud y se pone en contacto contigo.

  5. 5

    El profesional gestiona la tramitación

    A partir de ahí, el técnico colaborador te acompaña en la documentación, el proyecto si procede y la presentación ante el ayuntamiento.

Qué información nos ayuda a orientar tu caso

  • Tipo de actividad concreta y si habrá cocina, manipulación de alimentos o equipos especiales
  • Municipio y, si lo conoces, distrito o barrio del local
  • Si ya tienes local, lo estás mirando o aún no lo tienes
  • Superficie aproximada del local en m²
  • Plazo en el que quieres abrir
  • Si el local tenía una actividad anterior y conoces su licencia

Qué revisa un técnico colaborador

  • Compatibilidad urbanística del local con la actividad
  • Condiciones técnicas: accesibilidad (CTE-DB-SUA), ventilación, salida de humos, evacuación (CTE-DB-SI)
  • Instalaciones: boletines de electricidad, gas, fontanería; certificados finales
  • Normativa específica: APPCC y registro sanitario en restauración, ambiental en clasificadas, sectorial según actividad

Qué puede bloquear la licencia (problemas reales)

Estos son los motivos más habituales por los que un expediente recibe requerimientos del ayuntamiento o se inadmite. Conocerlos antes de firmar el alquiler evita perder semanas o meses:

  1. Incompatibilidad urbanística: el uso permitido en el local no admite la actividad. Causa fulminante. Solución: certificado de compatibilidad urbanística previo al alquiler.
  2. Salida de humos inviable: en restauración, sin sortida hasta cubierta no hay licencia. Casos típicos: edificios sin patio interior con vivienda encima.
  3. Aislamiento acústico insuficiente: las denuncias vecinales son la causa más habitual de inspección posterior. Mejor sobredimensionar (CTE-DB-HR).
  4. Accesibilidad no resuelta: baño accesible, anchura de puertas, rampas. CTE-DB-SUA es exigente.
  5. Sectorización contra incendios mal calculada: CTE-DB-SI exige resistencia al fuego según superficie y carga.
  6. Documentación incompleta o desactualizada: faltan boletines, certificados o ficha técnica de algún equipo.
  7. Obras realizadas sin licencia previa: el ayuntamiento bloquea la actividad hasta legalizar las obras.
  8. Ordenanza municipal específica desconocida: PEUAT en Barcelona, restricciones en cascos antiguos, planes de usos por barrio.

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Marco normativo aplicable a Cataluña

En Cataluña, el régimen de las actividades económicas combina varias normativas. La Ley 20/2009 de prevención y control ambiental de actividades clasifica las actividades en función de su impacto ambiental y reserva procedimientos distintos: autorización, licencia o régimen de comunicación. La Ley 16/2015 de simplificación administrativa introdujo la comunicación previa y la declaración responsable como vías ágiles para actividades de bajo impacto.

A esto se le suma la ordenanza municipal de cada ayuntamiento, que puede añadir requisitos específicos según el municipio: limitaciones por zona urbanística (especialmente en cascos antiguos protegidos o en entornos residenciales densos), planes especiales de regulación de actividades (típicos en Barcelona), o condiciones adicionales sobre horarios, terrazas o impacto acústico. Y para temas técnicos transversales rige el Código Técnico de la Edificación (CTE), especialmente los documentos básicos DB-SI (incendios), DB-SUA (utilización y accesibilidad) y DB-HE (eficiencia energética) en función de la actividad.

Por eso, antes de iniciar cualquier trámite, es importante revisar tres niveles a la vez: la actividad concreta (clasificación según las leyes catalanas), el local específico (compatibilidad urbanística y condiciones técnicas) y el municipio (ordenanza y planeamiento aplicable). Saltar uno de los tres niveles es la causa más habitual de requerimientos posteriores.

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