Qué es
El proyecto de actividad es el documento técnico que describe en detalle la actividad, el local, las instalaciones y el cumplimiento normativo, justificando que se cumplen los requisitos para obtener la licencia. Es obligatorio para muchas actividades según su clasificación.
Cuándo se necesita
Cuando la actividad requiere licencia con proyecto técnico (no todas), cuando hay modificaciones sustanciales de actividades existentes, cuando hay que justificar el cumplimiento del CTE o normativa específica, o cuando el ayuntamiento lo requiere expresamente.
Qué incluye la tramitación
- Visita al local y toma de medidas
- Memoria descriptiva y justificativa de la actividad
- Planos (situación, planta, distribución, instalaciones, evacuación)
- Cálculos justificativos (ventilación, ocupación, sectorización)
- Justificación de normativa (CTE-DB-SI, DB-SUA, accesibilidad, ordenanzas locales)
- Certificados finales una vez ejecutadas las instalaciones
Cómo trabajamos
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1
Análisis del local
Revisamos compatibilidad urbanística, condiciones del local y tipo de actividad.
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2
Definición del trámite
Te decimos exactamente qué tipo de licencia o procedimiento necesitas.
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3
Preparación documental
Redactamos memoria, planos, justificaciones normativas y certificados.
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4
Presentación ante el ayuntamiento
Tu solicitud se deriva a un profesional colaborador que prepara y presenta la documentación.
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5
Seguimiento
Hacemos seguimiento del expediente hasta la resolución.
Cuánto tarda
La redacción completa puede tardar entre 2 y 6 semanas según la complejidad del local y de la actividad. Una vez firmado se presenta con la solicitud de licencia. Un proyecto de actividad para oficina simple suele estar entre 2-3 semanas; para bar/cafetería, 3-4 semanas; para restaurante con cocina e instalaciones completas, 4-6 semanas; para gimnasio o taller con maquinaria específica, hasta 6 semanas.
Qué revisará el ayuntamiento
El técnico municipal revisa el proyecto con especial atención a cuatro aspectos: justificación del aforo (m² por persona según CTE-DB-SUA), recorridos y salidas de evacuación (CTE-DB-SI), sectorización y resistencia al fuego de los elementos constructivos, y cumplimiento de instalaciones (gas, electricidad, ventilación, agua). Para actividades clasificadas, también revisa el cumplimiento de la Ley 20/2009 y las medidas correctoras ambientales (ruidos, vibraciones, residuos, emisiones).
Errores frecuentes que vemos en este trámite
- Calcular el aforo sin considerar zonas de servicio (cocina, almacén) — puede resultar en infradimensionamiento de evacuación.
- No justificar la salida de humos hasta cubierta con las distancias CTE y RITE — error fulminante en restauración.
- Planos sin escala o con medidas incorrectas — el técnico municipal los devuelve sin revisar fondo.
- Memoria que no describe la actividad real (cambia mobiliario, equipamiento, uso por áreas) — incumplimiento detectable en inspección.
- No coordinar el proyecto de actividad con el de obras si hay reforma — inconsistencias entre ambos bloquean la licencia.
Normativa aplicable
El proyecto de actividad se regula principalmente por el Código Técnico de la Edificación (CTE) — DB-SI para incendios, DB-SUA para accesibilidad, DB-HE para energía y DB-HR para acústica. Para actividades sujetas, también se aplica el Real Decreto 2267/2004 (RSCIEI para establecimientos industriales), el RD 314/2006 y la normativa sectorial específica (sanidad, educación, espectáculos). El visado colegial es obligatorio en proyectos firmados por arquitecto/ingeniero para actividades clasificadas.
Casos habituales que hemos resuelto
Proyectos que redactamos con frecuencia: bar con cocina y terraza (justificación de humos + acústica + aforo), restaurante con cocina industrial (gas + extracción + sectorización), gimnasio con vestuarios y salas (cargas + ventilación + aforo), clínica dental con sala de rayos X (instalación radiológica + accesibilidad), oficina de coworking en planta baja (cambio de uso + accesibilidad), taller mecánico con foso (ventilación + emisiones + residuos).
Sanciones por hacerlo mal
Un proyecto firmado con falsedades o errores graves puede derivar en responsabilidad civil y colegial del técnico redactor (suspensión temporal de la colegiación en casos graves). Para el titular, presentar un proyecto que no se corresponda con la realidad constructiva puede derivar en cese de actividad y obligación de regularizar con un nuevo proyecto ajustado.
Por qué te conviene un técnico para este trámite
Aunque la tramitación electrónica permite que un titular presente la documentación por su cuenta, los expedientes que se rechazan o reciben requerimientos suelen serlo por errores en la memoria técnica, certificados ausentes, justificaciones normativas mal hechas o plánols incorrectos. Con un técnico, el expediente entra completo desde el primer día y se reduce drásticamente el riesgo de paralización o sanción.
Además, un técnico independiente te da una visión realista del local antes de invertir: detecta limitaciones urbanísticas, problemas de instalaciones o adecuaciones necesarias que pueden hacer inviable el proyecto en el local elegido. Esa revisión previa es la inversión más rentable.
Qué pasa cuando contactas con nosotros
- Recibimos tu consulta y la revisa un técnico (24-48h laborables).
- Te llamamos o escribimos con una primera orientación gratuita: qué trámite aplica, qué riesgos vemos y qué documentación habría que preparar.
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