La licencia de actividad es el trámite administrativo que permite iniciar o legalizar una actividad económica en un local, acreditando que cumple los requisitos técnicos, urbanísticos y de seguridad aplicables.
¿Qué acredita?
- Que la actividad es compatible urbanísticamente con el local
- Que el local cumple las condiciones técnicas (ventilación, accesibilidad, incendios...)
- Que las instalaciones son seguras y están certificadas
- Que la actividad respeta la normativa específica de su sector
Tipos de licencia según la actividad
En Cataluña, la Ley 20/2009 clasifica las actividades en inocuas, con régimen de comunicación, con régimen ambiental simplificado, con licencia ambiental y con autorización ambiental según su nivel de afectación al medio.
Diferentes nombres para el mismo concepto
"Licencia de actividad", "licencia de apertura" o "permiso de apertura" son sinónimos coloquiales. El nombre oficial varía según el procedimiento concreto aplicado.
¿Qué pasa si abres sin licencia?
El ayuntamiento puede ordenar el cese de la actividad, imponer sanciones económicas y exigir la regularización. En casos graves puede incluso precintar el local.
Cómo se obtiene
El proceso básico incluye: revisión del local, identificación del procedimiento aplicable, redacción de documentación técnica (memoria, planos, certificados), presentación ante el ayuntamiento y respuesta a posibles requerimientos.
Glosario: términos que verás en cualquier trámite de licencia
- Licencia de actividad / Llicència d'activitat
- Trámite que autoriza el ejercicio de una actividad económica en un local. En catalán y castellano se usan como sinónimos. Engloba comunicación previa, declaración responsable, licencia clásica y licencia ambiental según la actividad.
- Comunicación previa / Comunicació prèvia
- Notificación formal al ayuntamiento del inicio de una actividad de bajo impacto. Permite iniciar la actividad desde la presentación (Ley 16/2015, art. 13).
- Declaración responsable / Declaració responsable
- Documento por el cual el titular declara, bajo su responsabilidad personal, que cumple los requisitos para ejercer la actividad (art. 69 Ley 39/2015).
- Compatibilidad urbanística / Compatibilitat urbanística
- Confirmación de que el uso permitido en el local (según el planeamiento municipal) admite la actividad que quieres ejercer. El ayuntamiento lo certifica con el certificado de compatibilidad urbanística.
- CTE (Código Técnico de la Edificación)
- Norma estatal con documentos básicos: DB-SI (seguridad en caso de incendio), DB-SUA (seguridad de utilización y accesibilidad), DB-HE (ahorro de energía), DB-HR (protección frente al ruido). Aplica a casi cualquier proyecto de actividad.
- Ley 20/2009 de prevención y control ambiental
- Norma catalana que clasifica las actividades por impacto ambiental (Anexos I, II, III) y determina si requieren autorización, licencia ambiental o régimen de comunicación.
- Aforo / Aforament
- Número máximo de personas que puede haber simultáneamente en el local, calculado según m² por persona (CTE-DB-SUA). Condiciona el número y anchura de las salidas de evacuación.
- Salida de humos / Sortida de fums
- Conducto de extracción que evacúa humos y olores de cocina hasta cubierta, cumpliendo distancias a aberturas vecinas (RITE). Imprescindible en restauración con cocción.
- RSIPAC / Registro Sanitario
- Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimentarios de Cataluña. Inscripción obligatoria para establecimientos que manipulan alimentos, junto con el plan de autocontrol APPCC.
Qué hacer ahora
Si estás en fase de decisión, el orden recomendado es:
- Antes de firmar el alquiler: pide el certificado de compatibilidad urbanística y una revisión técnica del local.
- Identifica el procedimiento que aplica a tu actividad concreta (comunicación previa, declaración responsable, licencia, ambiental).
- Prepara la documentación técnica completa (memoria, planos, certificados de instalación).
- Si hace falta obra de adecuación, tramita la licencia de obras antes o coordinada con la de actividad.
- Presenta y haz seguimiento del expediente; atiende cualquier requerimiento en plazo.
Saltar el primer paso es el error más caro: un local incompatible o técnicamente inviable puede arruinar el proyecto cuando ya has firmado el contrato.
Cómo te podemos ayudar
Si después de leer este artículo sigues con dudas concretas sobre tu caso (qué trámite aplica, si tu local sirve, cuánto puede costar, qué documentación necesitas), podemos revisarlo y darte una orientación realista en 24-48 horas. La primera consulta es gratuita y sin compromiso. Atendemos cualquier municipio de Cataluña.
Cuanta más información concreta nos des (actividad, municipio, m² del local, situación actual), más útil será nuestra primera respuesta. Si el local todavía no lo tienes alquilado, mejor: una revisión técnica previa puede ahorrarte mucho dinero.
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